miércoles, 25 de enero de 2023

Expertos juristas defienden el derecho de la mujer a ser informada

Ricardo de Lorenzo, presidente de la Asociación Española de Derecho Sanitario (AEDS), ha declarado que el protocolo antiaborto de Castilla y León “es completamente legal porque no infringe ningún derecho fundamental ni principio alguno de la autonomía de la voluntad del paciente (41/2002), donde se consagra, en su artículo 10, el derecho a la información. Los pacientes tienen derecho a conocer, con motivo de cualquier actuación en el ámbito de su salud, toda la información disponible sobre la misma, salvando los supuestos exceptuados por la Ley. Toda persona tiene también el derecho a que se respete su voluntad de no ser informada. Basándose en esos principios, las polémicas medidas establecen que se ofrezca dicha información «a las mujeres que lo deseen». Y no solo eso, sino que el paciente tiene consagrado el derecho a no saber, algo que contempla el Convenio sobre los Derechos Humanos y la Biomedicina (Convenio de Oviedo) –al que España está suscrita– en su artículo 10. («Toda persona tiene derecho a conocer cualquier información recogida sobre su salud. Si –no obstante– prefiriese no ser informada, deberá respetarse su voluntad»). De este modo, el médico que informe a una paciente que acepte ser informada está cumpliendo con la Ley de Autonomía del Paciente, con la Ley del Aborto y también con el Convenio”, añade. (La Razón, 17 de enero de 2022).

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