Vamos a examinar la presunta adecuación de los rudimentos polianos a las cuestiones bioéticas mediante unos pocos ejemplos tomados del libro. Uno de los puntales en bioética reside en el estatuto del viviente humano germinante que es el embrión. ¿Es persona? ¿Con qué método abordarlo? ¿Acaso se puede ser persona sin los atributos por los que se caracteriza esencialmente a la persona? El modo de conocimiento del ser personal en su ipseidad no es objetivante, ya que la persona no está fijada como objeto, ni tampoco a partir de algún experimento ad hoc, sino que es un conocer habitual e innato: en efecto, no cabe ser persona sin saberse como tal. Pero, se podría replicar, si el embrión no tiene conciencia de sí, ¿cómo puede ser persona y conocerse? La respuesta está en que la persona se actualiza como yo en el curso del desarrollo personal, pero no porque del no ser persona en los comienzos provenga el ser persona en acto, sino porque la conciencia personal como un yo no está en el orden del existir, antes bien se sitúa en el plano de la esencia. Pues es claro que para ser consciente de sí como persona hay que ser ya persona. Lo que no significa que este ser consciente derive de un influjo externo, ni advenga de algún modo, sino que está ínsito en quien es persona y en quien se reconoce habiendo tenido un comienzo, del que ciertamente no es –ni puede ser– consciente en acto. Según ello, la interrupción voluntaria del embarazo es la eliminación brusca de este alguien que ya ha comenzado, por más que no haya desplegado los atributos que ya tiene como suyos, tales la libertad, el amor y en primer plano el conocimiento de su yo personal.

En cuanto a la calidad de vida, guarda estrecha relación con lo que significa vivir en el hombre. El vivir no es dado al hombre en conmensuración con una operación cognoscitiva, sencillamente porque la operación ya es de alguien viviente. Pero, por el lado opuesto, tampoco el vivir es el ser del viviente personal. Para Polo la vida en la persona es manifestación esencial del viviente y se caracteriza primordialmente por el crecimiento; la paralización del mismo equivaldría a dejar de vivir. Según ello, la calidad de vida es la realización lograda, sincrónica de este crecimiento; o en términos negativos: calidad de vida es la aptitud para hacer frente a las obstrucciones y detenciones en el curso vital continuado desde el horizonte de unas posibilidades antecedentes.

Otro ejemplo es el concepto de muerte digna, que se asocia a la eutanasia y, al tratar de explicarla, confunde sobremanera. Es como atribuir la dignidad o excelencia humana a lo que carece de positividad o como explicar la visión desde la ceguera o el ser a partir del no-ser. La dignidad traduce el término griego axioma en su aplicación al ser humano y recibe su sentido de la filiación originaria como hijo de Dios. Por tanto, no es la muerte la que expresa que el hombre es digno, por más que la dignidad no sea compatible con cualquier modo de tratar a los muertos y exija dar sepultura a los cadáveres. Lo acorde con la dignidad de quien pasa por el último tramo de su existencia terrena es no provocarle padecimientos innecesarios disponiendo para ello de los cuidados paliativos y, en congruencia con la coexistencia radical de la persona como primer trascendental poliano, acompañarle en los momentos finales asistiéndole como persona.

Concluiré estos comentarios de términos haciendo referencia a los nuevos derechos presuntamente asentados en la autonomía humana. “(Los derechos sexuales y reproductivos) remiten a unos presuntos derechos a la anticoncepción, la extensión de las esterilizaciones, el aborto, la píldora del día siguiente, la manipulación genética…, tal como fueron adoptados en la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo de El Cairo [1994] y la Conferencia Mundial sobre la Mujer de Pekín [1995]. En los citados encuentros se recurrió reiteradamente a expresiones como ‘derecho de la mujer a controlar la sexualidad’ o ‘derecho de las mujeres a regular su fertilidad’ “(p. 369). Sobre la base de la dignidad indisociable del ser personal lo primero es la vinculación a la vida como un bien, que requiere ser cuidado y promovido en sus posibilidades naturales específicas, toda vez que la persona –singular– no se identifica con el vivir natural. Antes que un derecho establecido en las legislaciones particulares la atención a la vida y su transmisión se presentan antropológicamente como una encomienda –origen de responsabilidades morales– otorgada a la pareja de hombre y mujer en razón de su condición generativa. Los derechos primarios no nacen de la estipulación histórica del legislador, sino que tienen su raíz antropológica en la adhesión de la voluntad al bien humano.

Al hilo de las tres preguntas formuladas por Kant sobre qué puedo conocer, qué debo hacer y qué me cabe esperar se estructuran los capítulos del libro. En ellos se trata de mostrar que sin hacerse cargo de tales preguntas no se puede dar cumplida cuenta de las debatidas cuestiones que se suscitan en los ámbitos de la vida y de la salud, partiendo de los últimos hallazgos que las nuevas tecnologías ponen a disposición.

Urbano Ferrer. Universidad de Murcia