lunes, 20 de febrero de 2023

noticias bioética

 El Senado francés aprueba que el aborto es una libertad de la muje

El 1 de febrero de 2023, el Senado de la República de Francia aprobó una modificación de su Constitución por 166 votos a favor y 152 votos en contra.

La propuesta de modificación original de la Constitución Francesa que se llevaba a debate y votación consistía en añadir un nuevo artículo 66.2 ubicado en el Título VIII “De la Autoridad judicial” que pusiera “La ley garantiza la efectividad y el acceso en condiciones de igualdad al derecho a la interrupción voluntaria del embarazo”. Nuevo artículo en donde, por su tenor literal, se consagraba al aborto como un derecho.

Ante la propuesta original, por parte del cuestor del Senado, Phiippe Bas, se presentó una enmienda transaccional bajo una redacción diferente consistente en añadir un nuevo párrafo al artículo 34 ubicado en el Título V de la Constitución Francesa “De las relaciones entre el Parlamento y el Gobierno” indicando que: “La ley determina las condiciones en que se ejerce la libertad de la mujer para interrumpir su embarazo”.

Propuesta que, sorprendentemente, convenció a parte de su partido y a otros hasta conseguir la mayoría suficiente para su aprobación.

La diferencia existente entre la propuesta original y la enmienda finalmente aprobada es abismal, puesto que sustituye el término “derecho” por “libertad” con las consecuencias jurídicas que conlleva. Ambos términos coinciden en que se trata de una libertad para hacer, pero se diferencian en que un derecho implica la posibilidad de limitar las libertades de los demás pudiendo obligarles a hacer, dar o no hacer alguna cosa. En otras palabras, todo derecho conlleva un correlativo deber por parte de terceros.

¿Hasta donde limitar el esfuerzo terapéutico en niños?


Nos hacemos eco de un artículo recientemente publicado titulado “La muerte de los niños. Debates éticos en torno a la limitación del esfuerzo terapéutico”.

Los autores del trabajo insisten en que habría que limitar la aplicación de tratamientos agresivos que no mejoren su salud en pacientes con enfermedades terminales, y evitar prolongar en exceso la fase terminal de una enfermedad para no prolongar innecesariamente la agonía.

Apelan a la necesidad de aplicar convenientemente la “Limitación del Esfuerzo Terapéutico” (LET), consistente en retirar oportunamente tratamientos y medidas de soporte vital o no iniciarlos, en pacientes con enfermedades graves e incurables, si estas intervenciones no conducen a una mejoría en el proceso, para no provocar un sufrimiento innecesario y evitable.

En el caso de niños con enfermedades terminales, la decisión sobre aplicar o no tratamientos o limitar el esfuerzo terapéutico es, en primer lugar, de los padres o tutores. En ocasiones se producen situaciones difíciles, pues los padres no siempre aceptan las decisiones de los médicos, lo que imposibilita una toma de decisiones consensuada. Por ello, es necesario que existan protocolos sobre cómo actuar en estos casos.

Medidas de soporte vital

Otro concepto a tener en cuenta es el del manejo de las medidas de soporte vital, destinadas a mantener las funciones vitales de la persona.

En el trabajo que comentamos se proponen varios términos para referirse a retirar o no iniciar las medidas de soporte vital, como “limitación de soporte vital” o “adecuación terapéutica” en lugar de “limitación del esfuerzo terapéutico”, ya que el esfuerzo terapéutico nunca debe interrumpirse. En ocasiones se opta por el “intento terapéutico limitado en el tiempo” (ITLT), que es comenzar una terapia con la opción de retirarla posteriormente si se comprueba su futilidad.

En el caso de los tratamientos en fases muy avanzadas de niños gravemente enfermos, el afán por mantenerlos vivos puede dar lugar a la denominada “obstinación terapéutica”, entendida como la insistencia en aplicar medidas desproporcionadas, carentes de beneficios para el paciente y causantes de sufrimientos adicionales que podrían evitarse. Habría que aplicar tratamientos proporcionados a la situación del paciente y respetando siempre su dignidad como persona vulnerable.

Debe matizarse, según los autores, que el objetivo de la LET es aliviar el sufrimiento del paciente, no acelerar su muerte y se aplica en base a dos criterios: el mal pronóstico vital y la mala calidad de vida.

La toma de decisiones sanitarias con relación al final de la vida resulta más complicada ante menores cercanos a la agonía, por lo que los autores proponen que los Cuidados Paliativos Pediátricos no se centren en qué hacer cuando los niños se acercan a la muerte, sino en pensar qué necesitan mientras viven.

Proponen utilizar cuerpos de mujeres en muerte cerebral para la gestación subrogada

Un artículo recientemente publicado en en el portal de bioética Bioedge propone utilizar los cuerpos de mujeres en muerte cerebral para gestar hijos por maternidad subrogada. Los bebés serían para parejas sin hijos.

El trabajo se basa en el trabajo de Anna Smajdor, de la Universidad de Oslo, que en la revista Theoretical Medicine and Bioethics desarrolla el concepto de “donación gestacional de cuerpo entero” para pacientes con muerte cerebral. Smajdor argumentaba que “estas mujeres podrían ser buenos sustitutos gestacionales”, decía el texto de Epicrisis. “Es sorprendente que nadie haya discutido esto antes. ¿Qué pasa con todos esos cadáveres de mujeres con muerte cerebral que permanecen en camas de hospitales? ¿Por qué sus úteros deberían desperdiciarse?”, se preguntaba la autora del trabajo.

Importantes inconvenientes bioéticos 

Pretender utilizar a una mujer en muerte cerebral para una gestación, expone el rostro más siniestro de la gestación subrogada: la absoluta instrumentalización de la gestante y el desprecio a los derechos del niño gestado.

Como hemos comentado en informes del Observatorio de Bioética, esta práctica conlleva graves inconvenientes bioéticos que atañen tanto a la mujer gestante como al bebé y conviene conocerlos. (ver AQUÍ).





No hay comentarios:

Publicar un comentario